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Los operadores podrán controlar el tráfico en caso de congestión en la Red

Alejandro Oramas Monzón

Principio de neutralidad de la Red

La Unión Europea consagró el pasado 25 de agosto el reglamento que regulará  “el principio de neutralidad de la Red” tal y como hemos podido leer en El País. ¿Y esto qué significa? Pues que las compañías de telecomunicaciones (Vodafone, Orange, Telefónica, etc.) no podrán bloquear, discriminar o ralentizar el tráfico de Internet independientemente de los contenidos que circulen por sus redes. Eso sí, existe algunas excepciones, y es que los operadores podrán controlar el tráfico por orden judicial, y siempre para garantizar la seguridad de los usuarios, o cuando se considere que hay peligro de congestión en las redes. 

Además, este reglamento de regulará el principio de neutralidad de la Red también impedirá que las compañías den prioridad a un proveedor de contenidos frente a otro, de forma que no podrán beneficiarse de acuerdos comerciales para que, por ejemplo, un determinado 'site' vaya más rápido a través de sus redes que sus competidores. Eso sí, parece que este reglamente no tendrá que ser aplicado por hoteles, restaurantes y redes corporativas debido al número limitado de usuarios que utilizan sus servicios. 

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