La Unión Europea consagró el pasado 25 de agosto el reglamento que regulará “el principio de neutralidad de la Red” tal y como hemos podido leer en El País. ¿Y esto qué significa? Pues que las compañías de telecomunicaciones (Vodafone, Orange, Telefónica, etc.) no podrán bloquear, discriminar o ralentizar el tráfico de Internet independientemente de los contenidos que circulen por sus redes. Eso sí, existe algunas excepciones, y es que los operadores podrán controlar el tráfico por orden judicial, y siempre para garantizar la seguridad de los usuarios, o cuando se considere que hay peligro de congestión en las redes.
Además, este reglamento de regulará el principio de neutralidad de la Red también impedirá que las compañías den prioridad a un proveedor de contenidos frente a otro, de forma que no podrán beneficiarse de acuerdos comerciales para que, por ejemplo, un determinado 'site' vaya más rápido a través de sus redes que sus competidores. Eso sí, parece que este reglamente no tendrá que ser aplicado por hoteles, restaurantes y redes corporativas debido al número limitado de usuarios que utilizan sus servicios.